El objetivo de este curso es servir de ayuda al sector de la restauración en la reapertura después del estado de alarma por COVID 19.
La seguridad alimentaria tiene el cometido de asesorar, sobre todo, a las empresas de restauración sobre las pautas de actuación que deben llevar a cabo para eliminar o reducir el riesgo de contagio en bares, cafeterías y restaurantes.
Curso sobre el coronavirus (Covid -19) y seguridad alimentaria para restauración
Recientemente La FAO (Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura) y la OMS (Organización Mundial de la Salud) han publicado una guía sobre el coronavirus (Covid-19) y seguridad alimentaria, se trata de una guía dirigida a las empresas alimentarias y restauración, en la que se informa sobre los riesgos de transmisión del coronavirus a través de los alimentos, las medidas que los trabajadores deben adoptar en el entorno laboral, cómo se debe llevar a cabo el transporte, la entrega de productos alimentarios y como se deben exponer los productos en los puntos de venta.
La guía de la OMS y la FAO sobre el coronavirus, apunta que es imperativo que la industria alimentaria y el sector restauración refuercen las medidas de higiene personal y proporcione pautas de actuación y capacitación a los trabajadores sobre los principios de higiene alimentaria
mediante formación.
La OMS además exige a la industria alimentaria y al sector restauración cumplir un plan de sistema de gestión de seguridad alimentaria, basados en los principios de Análisis de Peligros y Puntos de Control Crítico (APPCC), proceso que tiene el cometido de garantizar la inocuidad alimentaria de forma lógica y objetiva. Este plan de autocontrol APPCC ya era obligatorio para todas las empresas alimentarias La organización hace hincapié en las buenas prácticas de higiene, limpieza y saneamiento, control de proveedores, división y separación de las áreas de procesamiento, almacenamiento, transporte y distribución, higiene del personal implicado en todos los eslabones de la cadena alimentaria y la aptitud para el trabajo.
Se apunta que es «altamente improbable» que las personas puedan infectarse con el Covid-19 a través del consumo de alimentos, ya que el virus no puede multiplicarse en los alimentos y necesita un huésped animal o humano. Es por ello que en toda la hostelería se deberá prestar especial atención a los manipuladores de alimentos, ya que son ellos el vector para la transmisión del COVID 19.
Para ello haremos algunas recomendaciones:
1-. Los trabajadores deben de cumplir con las buenas prácticas de higiene implantadas por la empresa por medio del APPCC.
Medidas extraordinarias en hostelería a cumplir para evitar el contagio COVID 19 entre trabajadores y clientes.
Trabajadores
1-. Se hará test de Covid 19 antes de reincorporarse al trabajo o bien el trabajador solicitará un certificado al médico de familia indicando que está ausente de síntomas. Si no es posible ninguno de los anteriores, el trabajador se tomará la temperatura corporal mediante termómetro durante los quince días anteriores a la reincorporación al puesto de trabajo dos veces al día y se entregara a la empresa el documento con las temperaturas registradas firmado por el trabajador.
Como no se sabe cuándo se va a incorporar una vez terminado el estado de alarma el trabajador registrara en el documento de temperaturas las dos temperaturas diarias para tener disponible el día de su incorporación.
2-. Control de la temperatura de los trabajadores al principio de la jornada
laboral.
3-. Lavado de manos frecuente.
4-. Utilización de geles hidroalcóholicos.
5-Utilización de mascarilla tipo ffp2 o ffp3.
6-. Utilización de guantes de vinilo o nitrilo y cambiarlos frecuentemente.
7-. Formación de los trabajadores en protocolos COVID-19
6-. Distancia de seguridad entre trabajadores (2 metros)
7-. Cambiarse la ropa de trabajo diariamente.
NOTA: TODOS LOS EPIS (MASCARILLAS, GUANTES ETC) LOS DEBERÁ DE
FACILITAR LA EMPRESA AL TRABAJADOR. Ley 31/1995 Art.17.2.
Locales
1-. Se nombrará a un responsable de acceso al local que velará por el cumplimiento de las normas establecidas COVID 19. Este responsable tomará la temperatura del cliente obligatoriamente y permitirá su acceso al local si todo es correcto. Los clientes deben de llevar mascarilla para acceder al local. Además, en la entrada de los locales se dispondrá de máquina lavamanos o bien de geles hidroalcoholicos para los clientes. El lavado y desinfección de manos pasará a ser una rutina en nuestra nueva sociedad después del coronavirus.
2-. El aforo de los restaurantes se reducirá hasta un 50 % y no se permitirá reuniones ni celebraciones de gran número de personas. Esto dependerá de las dimensiones del local. Se aconseja que no se sobrepase el número de 50 personas en ningún caso.
3-. La mascarilla es obligatoria para los clientes y los trabajadores, solo se permite estar sin la mascarilla mientras se está comiendo. Se aconseja hablar solo lo necesario mientras se está comiendo para evitar contagios al no tener la mascarilla puesta.
4-. Los restaurantes tendrán que hacer las reservas en horarios escalonados, lo que ahora se conoce como turnos, para que los clientes no se agolpen en la entrada del restaurante o bien se supere el aforo.
Es importante que los clientes conozcan las normas se cada restaurante y reserven antes de acudir para evitar incidentes desagradables.
5-Los grupos de más de 4 personas quedarán prohibidos temporalmente.
6-.Los restaurantes también pueden poner pantallas transparentes entre las mesas para evitar contacto entre clientes.
7-. Se fomentará el envío de comida a domicilio y la recogida de menús en el propio restaurante.
8-.Los platos compartidos se deben de servir a cada comensal por el camarero y no se pondrán al centro de la mesa. También podrán salir proporcionados de la cocina.
9-. La limpieza y desinfección de todos los utensilios, vajilla, menaje a más de 70 grados es imprescindible. No se utilizarán utensilios de materiales no desinfectables. También se pueden usar menaje de un solo uso.
10-.Es importante entre un servicio y otro la desinfección de sillas, mesas, baños, picaportes de puertas, barandillas etc.
11-. Los locales se ventilarán al menos entre servicio y servicio y se aumentará el plan DDD para garantizar la salud e inocuidad alimentaria.
12-. Todos los restaurantes con el fin de aumentar la confianza del cliente deberán de tener un documento explicativo a disposición del cliente de las medidas de desinfección llevadas a cabo en el local y las medidas tomadas para prevenir el contagio entre trabajadores y clientes.
13-. Las cartas siempre que sea posible serán en formato on line para que los clientes no entren en contacto con ellas. El cliente tendrá acceso a la carta a través de la página Web o bien por código QR.
14-. Las terrazas seguirán las mismas normas que los locales de hostelería en cuanto a protocolo COVID 19.
15-. Todas las empresas de restauración cumplirán obligatoriamente con la legislación vigente en materia de Seguridad e Higiene Alimentaria.
Rgto 852/2004 y RD 1169/2011. Para ello deberán de tener implantado un sistema de autocontrol APPCC en el cual se añada el PLAN DE CONTROL DE CONTAGIO COVID-19.
Además, seguirán en la obligación de cumplir con el plan de alérgenos y tener a disposición del cliente la carta de alérgenos que se aconseja el formato on line para evitar contagios covid 19.